Videovigilancia: normativa que debes conocer

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Hay muchos aspectos legales sobre videovigilancia normativa que debes conocer. Colocar cámaras que registren datos sin una debida comunicación a través de carteles, o sin disponer de los formularios necesarios, puede traerte problemas. ¿Quieres saber cuáles son todos los requerimientos burocráticos que se exigen?

Videovigilancia: normativa y leyes

La instalación de cámaras de videovigilancia debe llevarse a cabo de acuerdo a unas normas. No puedes vigilar cualquier zona; existen excepciones y reglas específicas.

Vía pública

Por lo general, está prohibido. Sólo se permite registrar imágenes de espacios públicos en aquellos casos que sean muy especiales, y en los que resulte indispensable por motivo de una ubicación muy concreta y esquinada. Por ejemplo: quieres grabar tu jardín pero es imposible hacerlo sin que el frame recoja un pedazo de la acera. Se trata de un tema delicado y es mejor que consultes con un especialista legal antes de dar ningún paso.

Cámaras en espacios públicos de uso privado

Es el caso de tiendas o centros comerciales. Has de seguir meticulosamente el llamado principio de proporcionalidad. De ese modo, está prohibido poner cámaras en zonas privadas como baños o vestuarios. Tampoco puedes registrar lo que dicen los usuarios del comercio, y sólo puedes usar sus imágenes con consentimiento explícito.

Comunidades de propietarios

A menudo las comunidades de propietarios deciden instalar sistemas de videovigilancia como medida para combatir actos de vandalismo o robos.
No obstante, se han de cumplir algunos pasos previos. Para empezar, es preciso evaluar el objetivo marcado. Si no se demuestra que, para conseguirlo, se precisa actuar de esa manera siguiendo las normas establecidas, el proceso quedará en entredicho. Como siempre, los medios para frenar el delito han de ser proporcionales a la infracción contra la que se pretende luchar.
Por lo general, y como puedes comprobar, esta regla de videovigilancia normativa es la que rige en el actual ordenamiento jurídico y también en el futuro GPDR (Reglamento europeo de protección de datos). Por último, no olvides que debes señalar siempre que se están tomando imágenes, inscribir un fichero en el Registro General de Protección de Datos y, si contratas a una empresa externa, firmar un documento vinculante de encargado de tratamiento.

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