Ley de videovigilancia en España: ¿qué debo saber?

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El registro y la gestión de imágenes con fines de vigilancia es un método muy practicado en nuestro país. La videovigilancia tiene como objetivo garantizar la seguridad de los ciudadanos, sus propiedades o lugares de vivienda o trabajo. También de comprobar que en una empresa todas las operaciones se hacen de acuerdo a lo pactado. Estos propósitos tienen implicaciones para la protección jurídica de los interesados, por lo que se ajustan a ciertas reglas. ¿Qué sabes, exactamente, sobre la ley de videovigilancia en España?

¿Qué determina la ley de videovigilancia española?

El uso de medios técnicos destinados a la vigilancia incide sobre los derechos de las personas que están expuestas a esa grabación. Por ello, es obligatorio fijar una serie de garantías. Las imágenes deben tratarse de acuerdo con algunas condiciones según la ley. Por ejemplo, debe existir una relación de proporcionalidad entre lo que se quiere vigilar la forma en que se usen las imágenes.
No se pueden grabar imágenes de espacios públicos (si es imprescindible, puede haber una toma parcial de una vía pública, previendo un pixelado para la zona que la cubre).

Obligaciones de la ley de videovigilancia

Hay una serie de requisitos que es preciso cumplir para instalar cámaras. Los responsables de gestionar un sistema de videovigilancia están obligados por la legislación española a:

  • Llevar ficheros. Todo debe hacerse de acuerdo a la norma, empezando por la inscripción del responsable en la Agencia de Protección de Datos.
  • Informar debidamente. Los afectados que estén siendo registrados deben estar informados sobre la existencia del sistema.
  • Hacer contratos de acceso a los datos. En algunos casos, puede ser necesario firmar autorizaciones de cesión de datos. A veces es la misma empresa de seguridad gestora del sistema de vigilancia la que pasa a ser responsable del fichero de un cliente.
  • Cancelar de oficio las imágenes. Es posible cancelar las imágenes, habiendo de plazo máximo un mes.
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